lunes, 14 de marzo de 2011

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN CONVOCA AYUDAS ECONÓMICAS INDIVIDUALES PARA LA FORMACIÓN DEL PROFESORADO


Dirección Provincial de Educación de Melilla
La cuantía máxima de estas ayudas puede alcanzar los 1.700 € por actividad

Las solicitudes podrán presentarse vía telemática

El Ministerio de Educación, a través de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, ha convocado ayudas económicas individuales para actividades de formación en el marco de la formación permanente del profesorado de Melilla, Ceuta y Centros españoles en el extranjero o Secciones españolas en el extranjero. La resolución por la que se hace pública dicha convocatoria aparece en el Boletín Oficial del Estado del día 8 de marzo.
Los interesados podrán percibir hasta un máximo de 1.700 euros por  actividad, de acuerdo a las siguientes modalidades: Congresos, cursos de formación, seminarios, estudios universitarios y otras análogas. Dichas ayudas se concederán para la participación en actividades de formación relacionadas con el puesto de trabajo del solicitante, y cuya realización finalice en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2010 y el 30 de septiembre de 2011.
Esta convocatoria ofrece la posibilidad, por segundo año consecutivo, de poder cursar la solicitud vía telemática a través de un formulario al que se puede acceder a través de la página web de este Ministerio: 
http://www.educacion.es/educacion/becas-y-ayudas/profesores.html. 
Una vez cumplimentada la solicitud telemática, si se posee el DNI electrónico o un certificado electrónico de otra autoridad de certificación reconocida (http://www.dnielectronico.es/seccion_aapp/rel_autoridades.html), se podrá completar el proceso de registro de la solicitud a través de la vía electrónica disponible, acompañando la documentación preceptiva en formato informático. En caso contrario, una vez cumplimentada la solicitud telemática, se obtendrá un impreso oficial de la solicitud en soporte papel con el fin de poder presentarla en esta Dirección Provincial. Por ultimo, también se podrá presentar la solicitud, como se ha venido haciendo en ediciones anteriores, cumplimentando el Anexo I de la  convocatoria que aparece en el BOE.
La presentación de solicitudes se efectuará con anterioridad a la fecha de inicio de la actividad para la que se solicita la ayuda, excepto en el caso de que dicha actividad haya sido realizada o iniciada antes de la publicación de esta convocatoria Boletín Oficial del Estado o en el mes siguiente a dicha publicación; en estos casos las peticiones de ayuda deberán formularse en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada Convocatoria.

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